Hermandad

En la siguiente noticia aparecida el 15 de junio de 1976 se hace referencia al juicio por el "Caso Nueva Esparanza"  en el cual la promotora valenciana fue enjuiciada por estafa y falsedad. Precisamente el barrio de Nueva Málaga fue construido por esta promotora y este lamentable suceso marcó lo que a la postre sería la hermandad de Nueva Esperanza.

Tribunales

Comienza el juicio sobre el "Caso Nueva Esperanza" nueve años después de abierto el sumario

DIARIO EL PAÍS - FRANCISCO GOR 15/06/1976 ver noticia

Nueve años después de haberse abierto el sumario sobre el caso Nueva Esperanza, uno de los primeros y más sonados affaires inmobiliarios surgidos en España en la década de los sesenta, se ha iniciado ayer la vista del juicio relativo a este asunto en la sala de audiencias, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid. El juicio ha comenzado en medio de la mayor indiferencia, si se tiene en cuenta el número de las personas presentes en la primera sesión, que apenas excedía de una docena. Seguramente las causas son el tiempo transcurrido desde que surgió el affaire, la fuerte depreciación de la moneda en los últimos nueve años y, sobre todo, el haber resuelto por su cuenta el problema de la vivienda, la mayor parte de los 10.000 perjudicados en el caso.

El sumario por supuesta estafa y falsedad, en el que están en juego 105.896.925,024 pesetas no justificadas según el fiscal, comenzó a tramitarse en el año 1967 en Valencia, domicilio social de Construcciones Nueva Esperanza, SL, y sociedades derivadas, por el titular del Juzgado de Primera Instancia de la citada ciudad, Salvador Barberá, al que la Sala de. Gobierno del Tribunal Supremo nombró juez especial para el caso con jurisdicción en todo el territorio nacional. Iguales jurisdicción y competencia especiales fueron atribuidas a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, ante la cual comenzó la vista de juicio ayer, después de haberse suspendido en dos ocasiones en fechas anteriores por enfermedad del principal acusado. Además del ministerio fiscal, interviene como acusador particular el letrado Joaquín Ruiz-Giménez, en nombre de la asociación general de perjudicados y damnificados, así como en representación de las cooperativas Virgen de la Esperanza de Canillas, Getafe y Villaverde.El número de los procesados en la causa asciende a 25, sin contar alguno ya fallecido y otros que no han comparecido por diversas causas. Los nombres de los procesados son: Joaquín Beltrán, Angeles Tarazón, Manuel Tus, María Teresa Barberá, Francisco Beltrán, José Antonio Meneu, Eugenio Navarro, Bienvenido Antón, Francisco Tormo, Salvador Cubel, Juan Caudet, Pedro García Cabanes, Juan Almiñana, Juan La.font, Emilio Sevilla, Claudio Pérez Eugenio, Mariano Mirete, Nemesio González Viana, Miguel Angel Díaz Barroso, Francisco Rodríguez Suárez, José Trevonel, Angel Piquer Antón, Angel Piquer Campos, Juan Amador y Femando Cates. Los delitos de que se les acusa son varios de falsedad, estafa, usurpación de funciones, cohecho, libramiento de cheques sin fondo y apropiación indebida. En total solicita el fiscal, penas que suponen varios centenares de años de cárcel y multas que ascienden a 105 millones de pesetas, aunque no hay que olvidar que son de aplicación al caso los decretos de indulto de 23 de septiembre de 1971 y de 25 de noviembre de 1975. En el mo mento de incoarse el sumario, el número de personas que habían contratado piso en Construcciones Nueva Esperanza, SL, era exactamente de 10.615, de las que 275 en Alcalá de Henares, 74 en Alcoy, 1.203 en Alicante, 1.203 en Alicante Í 44 en Barcelona, 34 en Castellón de la Plana, 5.509 en Madrid, 806 en Málaga 267 en Sevilla y 2.493 en Valencia.

Según el fiscal, el 14 de noviembre de 1963 la sociedad de responsabilidad limitada Construcciones Nueva Esperanza fue constituida por el procesado Joaquín Beltrán, en unión del Heliodoro Herrero, con un capital de 200.000 pesetas. El objeto de la sociedad era construir viviendas en régimen de comunidad. El 14 de febrero de 1966 el capital social fue ampliado ficticiamente a cinco millones de pesetas, dividido en participaciones. Por otra parte, se constituyó una empresa denominada Financieros Reunidos, SA., promovida por Joaquin Beltrán, su esposa, Angeles Tarazón y Manuel Tus. Asimismo, fue constituida Construcciones Tarazón Martínez, como empresa constructora de los pisos y viviendas que se proponían vender, pero que, al parecer, era ficticia y, en realidad, no se trataba más que de un grupo de empleados y amigos, sin ninguna solvencia, que con grandes campañas publicitarias provocaron la afluencia masiva de pequenos capitales, como entrega inicial para la posterior adquisición de la vivienda. Posteriormente tuvieron que parar las obras, por no poder hacer frente a los pagos que iban recayendo sobre ellos y se originó el caso Nueva Esperanza. Los promotores, según el fiscal, consiguieron de manera irregular 705.866.979,64 pesetas, en tanto que los pagos realizados fueron de 599.970.054,42 pesetas, siendo la diferencia no justificada de 105.896.925,04 pesetas.

Durante la sesión de ayer se efectuó el interrogatorio del procesado Beltrán por parte del fiscal. El representante de la ley dirigió toda su acción a demostrar la ficción de las operaciones de las sociedades.

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Vista aérea Nueva MálagaLas nuevas tecnologías siempre abren nuevas vías de investigación para una serie de acontecimientos que discurrieron en un pasado no muy lejano, que están a la libre disposición de aquellos   interesados en conocerla.

Cuando abro el buscador mas visitado en Internet e introduzco una palabra clave, me encuentro en la mayoría de las ocasiones con un entramado de enlaces y páginas que no conducen a ningún lugar o no aporta nada a lo que uno está esperando encontrar.  Esto también sucede con otras fuentes que se pueden consultar tales son los casos de la hemerotecas, archivos, etc.…, que en ocasiones no suelen ofrecer esa información deseada en un primer momento. Pero si uno continúa indagando y “tirando del hilo”, tal vez puede arrojar luz a lo que uno está deseando encontrar finalmente.

Lo que si es cierto, es que cuando por fin se topa con esa información, bien sea fotografía, fuente bibliografica o enlace que te conducen definitivamente a esa página que estas buscando, la satisfacción personal es inmensa, compartiendo el hallazgo y comentándolo casi inmediatamente con aquellas personas próxima a esa labor investigadora o amigos interesados en saber aún más sobre ese asunto en concreto.

Uno se siente satisfecho, con las modestas aportaciones realizadas y reflejadas a través de los años en las páginas de este boletín, nuestro boletín. Personalmente me siento recompensado al observar, como en ocasiones son leídos con verdadero detenimiento mis pequeños artículos que ya se constituyen como fuente bibliográficas para otras investigaciones realizadas en un caso, o se encuentras publicadas en páginas Web en otros.

La verdad es que me satisface muy mucho saber que ese trabajo de “hormiga”, de tantas horas de esfuerzo visual, de dejarse “la vista pegada a la pantalla”, da un resultado positivo aportando sin lugar a dudas algo más a este apasionante mundo de las cofradías y hermandades malacitanas.

Pero para que mentir… guiándome siempre de mi objetividad, puede que en ocasiones esa labor tal vez no haya sido reconocida… pero bueno no importa, uno es cofrade ante todo y solo me llena de orgullo saber que he satisfecho un trabajo personal al menos por mi parte bien realizado. El haber contribuido modestamente a continuar ensalzando a los titulares de mi hermandad ¡JESÚS NAZARENO DEL PERDÓN!, y la que es faro, guía y estrella de mis pensamientos siempre y por siempre la eterna señora ¡MARÍA SANTÍSIMA DE NUEVA ESPERANZA!

La verdad que para mi, hace pocos días fue una sorpresa toparme casi por casualidad navegando en este apasionante mundo de Internet, con un suceso que tuvo lugar hace más de cuarenta años y que marco mucho en el barrio en general pero más concretamente en nuestra corporación penitencial en particular, naciendo de dicho suceso una nueva cuenta más del amplio rosario de advocaciones con el que es denominada la Inmaculada Virgen María.

Me estoy refiriendo al caso que aconteció allá a mediados de la década de los 60 del pasado siglo XX con “Construcciones Nueva Esperanza SL”. Un suceso de triste recuerdo para muchos malagueños, más de 800 personas afectadas, que vieron tristemente truncadas momentáneamente sus ilusiones por poseer una vivienda digna. Las fuentes de hemerotecas consultadas en Internet son de prensa a nivel nacional .

A través de esas páginas e indagando en el contenido de las misma, he podido descubrir un hecho que era desconocido hasta ahora por mi. En muchas ocasiones he escuchado a través de fuentes orales del origen del barrio y su denominación. De estos comentarios sabía que se referían al mismo como Barrio de Nueva Esperanza, pues bien, a través de esas fuentes impresas he podido comprobar que dichas afirmaciones son inciertas y que nunca “Construcciones Nueva Esperanza SL” se planteó poner como nombre del barrio que promovía en el sector del camino de Antequera de la capital malagueña la denominación de “Nueva Esperanza”

Según hemos podido consultar en la publicidad, en todos ellos se anunciaba la promoción realizada en Málaga como “Ciudad Nueva Málaga”. Si es cierta, que tal denominación fue planteada para otras promociones, tal es el caso de Madrid, pero nunca en Málaga.

Es curioso la simbiosis que se produce en nuestro caso, y que nuestra corporación sea conocida por la doble denominación “Nueva Málaga” como cofradía del barrio de Nueva Málaga o “Nueva Esperaza”, tomado de la constructora de origen valenciano y que promovió el desarrollo de nuestro barrio .

Hasta el presente artículo mucho se ha hablado del caso “Construcciones Nueva Esperanza” en el boletín, pero nunca se ha indagado en ese pasado que está ahí. Pues bien ahí estamos trabajando. Para esas personas esta dedicado este articulo que trata al menos de dar a conocer cuales fueron las intenciones de los promotores a la hora de dar la denominación de nuestro BARRIO.

Extracto anuncio publicado el 30 de julio de 1966 en ABC sobre la promoción de viviendas Nueva Málaga

En ese contexto fue creada una humilde cofradía, cuando nadie la verdad apostaba por el mundo cofrade, donde los hombres de trono eran asalariados, la mujer quedaba relegada a un tercer plano y los jóvenes no tenían pie en las juntas de gobierno. Pues bien quizás en ese aspecto fuimos también pioneros aparte de ser la primera cofradía de las llamadas “nuevas”, fuimos pioneros en la incorporación de la juventud en la cofradía y pioneros en crear una cofradía en el extrarradio de una gran urbe como es Málaga.
 
Así pues sirva esta primera entrega para al menos despertar la curiosidad de algunos interesados en conocer el pasado. Esperamos que sin lugar a dudas ese fruto de tanto sacrificio, de tantas horas delante del ordenador un día pueda dar a la luz, para que todos podamos saber un poco mas de que es lo que pasó realmente…

Miguel Ángel Gutiérrez Mendoza Cronista-Archivero

Queridos hermanos/as,

Desde la entrada de este nuevo equipo al área de secretaria, estamos más involucrados que nunca en la mejora de la comunicación, documentación, archivo, redes sociales, etc. Y es que nuestra área la forma un equipo humano muy grande, trabajando a diario para haceros llegar toda la información sobre esta Nuestra Hermandad.

Nuestro equipo está a disposición de nuestros Hermanos/as, Vecinos/as, Amigos/as, Devotos/as, medios de comunicación, en definitiva, a todos aquellos Cofrades y amigos que cada día quieren acercarse más a Nuestra Hermandad.

Y es que, tanto nuestro correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., como los perfiles en redes sociales y WhatsApp de la Hermandad están activos a diario para cualquier necesidad o consulta de todos/as.

Desde estas líneas, queremos transmitiros nuestra consideración más distinguida, estando siempre a disposición y necesidad de nuestra Hermandad, nuestros Hermanos/as y devotos de nuestra corporación.

Gracias por ser de Nueva Esperanza.

Gracias por ser y formar parte de Nuestra Hermandad.

Cristina Ranea Ruiz.

Secretaria.

PREAMBULO

La Hermandad de Culto y Procesión de Jesús Nazareno del Perdón, María Santísima de Nueva Esperanza, Santa Ana y San Joaquín, en cumplimiento de los Estatutos, aprobados en Cabildo de Hermanos de fecha 18-12-2006 y tras la sanción de la Diócesis de Málaga, de fecha 25-02-2008, y desde el convencimiento de la necesidad de articular fórmulas mediante las cuales desarrollar los mencionados estatutos, se ha dotado del presente Reglamento de Derechos y Sanciones. Reglamento que pretende salvaguardar los derechos de todos los hermanos y el derecho de la Hermandad a proteger sus intereses ante comportamientos, acciones u omisiones que contravengan el buen orden y funcionamiento de la misma.

Este Reglamento de Derechos y Sanciones se inspira en los Estatutos de La Hermandad de Culto y Procesión de Jesús Nazareno del Perdón, María Santísima de Nueva Esperanza, Santa Ana y San Joaquín y en el derecho a la participación que asiste a todo hermano de la cofradía,  en el Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica y en los principios del Perdón y Caridad del Cristianismo.

Su entrada en vigor se produce el día 15-12-2008, tras su aprobación por el Cabildo de Hermanos, tras el visto bueno dado por la Junta de Gobierno con fecha 9-12-2008, tal y como se expresan los Estatutos de la Hermandad.

TÍTULO PRELIMINAR

1.- La aplicación del presente Reglamento de Derechos y Sanciones no podrá ser con carácter retroactivo, salvo en aquellos casos que la Junta de Gobierno determine especiales y que hagan referencia a comportamientos o situaciones pretéritas cuya persistencia afecten al devenir presente de la Hermandad, a su buen nombre o al de los hermanos de la Cofradía.

2.- Las determinaciones, recomendaciones o sanciones que emanen del presente Reglamento de Derechos y Sanciones, una vez agotada la vía del recurso ordinario conforme a los Estatutos, serán inapelables, salvo en vía eclesiástica.

LOS DERECHOS

3.- Todos los hermanos de Nueva Esperanza, sin excepción alguna, gozan de los derechos recogidos en los Estatutos de la Hermandad.

4.- Contra cualquier conculcación de derechos, los hermanos o hermano de la Corporación afectado podrá interponer recurso por la vía ordinaria contra el órgano de la hermandad – Comisión Permanente, Junta de Gobierno o Cabildo de Hermanos – que haya tomado la supuesta determinación.

5.- La presentación y resolución del recurso se hará conforme exigen los Estatutos de la Hermandad.

6.- Todos los hermanos de Nueva Esperanza tienen el derecho a aportar sus propuestas u opiniones a los órganos de gobierno de la Hermandad.

7.- Para que las propuestas u opiniones que realicen los hermanos de Nueva Esperanza sean tenidas en cuenta, éstas deberán ser presentadas por escrito ante la Secretaría de la Hermandad.

8.- La propuesta en cuestión será debatida, en virtud de sus facultades, por la Comisión Permanente y, en su caso, será elevada a la Junta de Gobierno y, si procede, al Cabildo de Hermanos.

9.- La resolución final de cualquier propuesta efectuada por cualquier hermano de Nueva Esperanza deberá ser contestada de forma razonada.

10.- Todos los hermanos de Nueva Esperanza tiene el derecho a denunciar ante los órganos de gobierno de la Hermandad las actitudes de otros hermanos que conculquen los principios recogidos en los Estatutos. A tal fin, la Junta de Gobierno abrirá un periodo para investigar los hechos denunciados a fin de adoptar las decisiones oportunas.

LAS SANCIONES

11.- Las sanciones a los que los hermanos de Nueva Esperanza se pueden enfrentar son de carácter leve, grave o muy grave.

12.- Las sanciones de carácter leve son aquellas adoptadas en el marco de los supuestos casos

   1. No respetar, de forma reiterada, el turno de intervención de los hermanos en las reuniones de los órganos de gobierno.
   2. No participar, sin que medie excusa válida alguna, en los cultos o actos a los que haya sido expresamente convocado por la Junta de Gobierno.
   3. No respetar las directrices de los mayordomos o capataces durante la estación de penitencia.

13.- La acumulación de dos faltas leves, conllevará una sanción de carácter grave.

14.- Las sanciones de carácter leve supondrán una amonestación por escrito

15.- Las sanciones de carácter grave son aquellas adoptadas en el marco de los supuestos casos:

    * - El uso de material propiedad de la cofradía para actos o fines no autorizados por la Comisión Permanente o, en su defecto, por la Junta de Gobierno.
    * - El uso del nombre de la Hermandad sin la previa autorización de la Comisión Permanente o, en su defecto, de la Junta de Gobierno.  
    * - El abandono sin causa justificada de su puesto en la estación de penitencia.
    * - La falta de compostura en los cultos
    * - La falta de compostura en los actos convocados por los diferentes órganos de gobierno.
    * - La falta de compostura en la estación de penitencia
    * - El posicionamiento público respecto de propuestas contrarias al interés general de la Hermandad.
    * - No observar el debido respeto público a las decisiones de los órganos de gobierno de la Hermandad.
    * - El impago injustificado de las cuotas o luminarias establecidas por la Hermandad.

16.- La acumulación de dos faltas de carácter grave conllevará una falta de carácter muy grave.

17.- Las sanciones de carácter grave conllevarán la pérdida de los derechos recogidos en los apartados c y d del artículo 28 de los estatutos y del artículo 29 de los Estatutos durante un año como máximo.

18.- Aquellos hermanos que cumpliendo una sanción de carácter grave insistieran en la actitud por la que se les abrió expediente sancionador, será sometidos a un nuevo expediente por falta muy grave.

19.- Las sanciones de carácter muy grave son aquellas adoptadas en el marco de los supuestos casos:

    * - La apropiación de material o enseres de la Hermandad
    * - La burla pública hacia los Sagrados Titulares de la Hermandad
    * - La burla pública, el insulto o el menosprecio público hacia los integrantes de la Junta de Gobierno de la Hermandad.
    * - Las acusaciones públicas, sin pruebas y sin que medie denuncia ante los órganos de gobierno de la hermandad, respecto a la honradez, conducta moral, social o cristiana de cualquier hermano de la cofradía.
    * - La apostasía
    * - El posicionamiento público contra la doctrina de la Iglesia Católica
    * - El posicionamiento público contra el derecho a la vida
    * - El posicionamiento público a favor de actitudes xenófobas o racista
    * - El posicionamiento público a favor de causas denigrantes hacia el ser humano
    * - El uso de la iconografía, objetos de culto o imágenes de los Sagrados Titulares para acciones con o sin ánimo de lucro, sin el consentimiento de la Comisión Permanente o, en su defecto, de la Junta de Gobierno.
    * - Las acciones violentas contra cualquier hermano de la Cofradía en los actos o cultos convocados por la Hermandad.
    * - Las denuncias falsas presentadas contra cualquier hermano de la Cofradía por supuesta conculcación de los deberes recogidos en los Estatutos.

20.- Las sanciones de carácter muy grave conllevarán la baja definitiva de la Hermandad.

    Francisco Javier Benítez  Hermano Mayor  -     Fdo. Mª Candelaria Ruiz Secretaría Gral.

 

APROXIMACIÓN HISTÓRICA SOBRE EL ESCUDO DE NUEVA ESPERANZA


escudo nuevoEn los siglos XVII y XVIII, algunas cofradías empleaban como escudo corporativo, la silueta de sus Sagrados Titulares, que los nazarenos portaban en la proœsión, de ello tenemos constancia en algunos documentos que afortunadamente y a pesar de los avatares históricos nos ha  podido llegar a la actualidad y en el que Se describen perfectamente la indumentaria de estos penitentes de vela:  "  a cada hermano se le daba un hacha (vela), y con ella a de ir alumbrando a la Santa insignia (titular), vestirán túnica llevando el rostro descubierto, con escapulario y  escudo en el brazo con la insignia del Santo Cristo (escudo)...' (1). 

Pero es definitivamente a partir de los diseños realizados por Ansaldo, los que sirve de detonante para que algunas cofradías y hermandades adquieran su emblema repre­sentativo de una manera definitiva, O en su caso, sustituyeran aquellos viejos emblemas que hasta esa fecha eran usados por las mismas. (2).

En el caso que nos ocupa de la hermandad de Nueva Esperanza y partiendo desde su fundación en el año 1976 hasta finales de 1986 podemos apreciar que nuestra querida hermandad carecía de escudo que la identificarade una manera clara con las demás hermandades, no obstante en todos sus documentos y escritos oficiales se imponía un tampón en el que se hacía constar el nombre de Nuestros Sagrados Titulares, separados ambos por dos estrellas de seis puntas siendo eje Central del mismo una cruz de orden latina.

Pero es a raiz de la aprobación de las primeras reglas corporativas por el obispado,  fechada el día 4 de Junio de 1987 Cuando se constata por primera vez y de una manera oficial el empleo del escudo corporativo realizado escasos meses antes.

Por los documentos consultados en nuestros archivos, sabemos que el dia 24 de enero de 1987 se hace entrega en la secretaria de la hermandad un diseño original de un escudo, al pie del mismo se hace constar la autoría del mismo, pero su lectura es dificultosa, no obstante y del mismo período datan dos convocatorias de culto realizadas a plumilla y tinta china y diseñadas por Julián Corchado, dentro de dichas convocatorias figura reflejado el escudo de la hermandad y son coincidente en firma ambos documentos, por los que nos inclinamos a afirmar que tanto el escudo corporativo como las convocatorias de culto son de un mismo autor Julián Corchado. (Posteriormente se descubriría que el diseño fue retocado por Jesús Castellanos).


Partiendo de este diseño primitivo en el que Se representa el emblema alusivo ala Santísima Virgen en el lado diestro del blasón y el alusivo al Cristo en el lado siniestro, pasamos a la última modificación efectuada por la cofradía, el cambio no es muy sustancial únicamente se hace una inversión en el orden de los mismos tal y como puede verse reflejado en el escudo que figura como eje central del nuevo guión corporativo realizado por Joaquín Salcedo Canca 1997-­ 1998.


Aunque la descripción de un emblema o blasón es tarea más que dificultosa para una persona ajena por completo al mundo de Ia heráldica, he tratado de hacer una aproximación lo más fiablemente posible, tomando siempre como referencia el diseño de Julián Corchado y la posterior modificación incluida ya en el nuevo guión de Salcedo Canca, he descrito el escudo corporativo de nuestra hermandad sin tratar de corregir los posibles errores que pueda poseer nuestro emblema.

ESCUDO

Escudo BNLa Hermandad de Culto y Procesión de Jesús Nazareno del Perdón y María Santísima de Nueva Esperanza, tiene como emblema el constituido por una rocalla apergaminada que carga en oro (3), dos óvalos siglados (4), acotados (5), y orlados con motivos vegetales (6).


En el flanco diestro aparece las siglas: 'JHS' (Jesús Hominum Salvator) "Jesús Salvador de Hombres', todas la siglas en esmaltes (7), de oro que carga sobre un campo púrpura (8), una cruz  acotada (9). (10).


En el flanco siniestro aparecen las siglas: 'AV ­ Ave Maria' en esmalte de oro que carga sobre áncora (11 ) del mismo metal, todo ello sobre un campo de sinope (12), (13).


Como remate de todo el conjunto figura por timbre (15) la corona ducal de Málaga.

 

NOTAS:

(1) Estatutos de la Puente del Cedrón año 1675.
(2) En el mes de enero de 1941 y por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Agrupación de Cofradías se encarga a Ricardo Ansaldo una serie de reposteros con el objeto de que sirvan de adorno a la tribuna principal, siendo efectuado dicho trabajo por las RR.MM. Adoratrices de Málaga.
(3) Es el fondo del escudo sobre el cual se asienta.
(4) Dícese de aquellos escudos que contiene iniciales de letras.
(5) Son aquellos emblemas que están situados uno enfrente del otro.
(6) Adornos que rernatan o terminan el conjunto o parte del escudo.
(7) Es el fondo de una determinada parte del escudo.
(8) En Heráldica el púrpura es el color morado.
(9) Una Cruz arborea.
(10) Como se describe en la parte diestra del blasón aJesús como el Salvador de hombres, él nos perdona de nuestros pecados cargando con la cruz hacia el calvario: Juan 19~17 '... y llevando el mismo a cuesta su cruz fue caminando hacia el sitio llamado calvario y en hebreo gólgota'. En todo ello es envuelto por el color morado penitente que es el empleado para la sección del Cristo.
(11) Un áncora en heráldica es un ancla.
(12) En heráldica el sinope es el color verde.
(13) En la parte siniestra se hace alusión al saludo del Arcángel San Gabriel hacia la Vigen María cuando le es comunicada  la buena nueva de su concepción inmaculada: Lucas 1-26, 28 '... En el sexto mes Dios envió al arcángel San Gabriel a Nazaret ciudad de Gailea, a una Virgen desposada con cierto  varón de la casa de David lIamado José y el nombre de la Virgen Maria y habiendo entrado el ángel donde ella estaba  le dijo; Dios te salve Maria, llena eres de gracia, el señor es contigo'. Sobre esta un ancla símbolo por antonomasia de la esperanza, se alude a Maria como nueva ancla, maestra, mediadora y añanzadora de nuestra fe, en María tenemos todos los cristianos puesta la esperanza, gracias a la señora adquiriremos fuerzas renovadas para no fatigarnos ni desfallezcamos ante los avatares de la vida, teniendo siempre atenta la mirada hacia la eterna reina celestial .  Como vemos en todo ello se refleja la advocadón de nuestra SagradaTitular, siendo el color envolvente del mismo, el propio de su advocación mariana que es el verde.
(14) El timbre es un ornamento exterior que se sitúa normalmente encima del escudo pudiendo ser coronas reales, imperiale ducales, coronas de espinas o cualquier otro elemento que sirva de adorno al mismo.

BIBLIOGRAFIA

- 75 Años de la Agrupación: Jesús A Castelano Guerrero 'La Agrupación en la posguerra (19361960); Entre la reconstrucdón y la crisis institucional" p 221.
- La Saeta año 1996:Salvador de los Reyes 'Evolución de la Tribuna Central', página 168 y 169.
- Llorden y Souvirón: 'Historia documental de las cofradías y Hermandados de pasión de la ciudad de Málaga'. ,
- Archivo Nueva Esperanza

Miguel Ángel Gutiérrez Mendoza Cronista Archivero de la Hermandad

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